Productores de Pisco proponen tributar una Tasa Fija de 31,5% de Impuesto Específico
El gremio señala que aplicar una tasa variable indexada al grado alcohólico para los destilados, generará dificultades en su implementación, control y fiscalización. Además que podría considerarse discriminatorio para los destilados importados y generar un reclamo ante la Organización Mundial de Comercio.
La Asociación de Productores de Pisco A.G, mediante una declaración pública, entregó una nueva propuesta al poder ejecutivo y legislativo, porque a su juicio, mediante el proyecto de ley de Reforma Tributaria promovido por el Ejecutivo y aprobado en la Cámara de Diputados, los productores pisqueros estarán sujetos a tasas impositivas que van en un rango del 21.5% al 38%, dependiendo de la graduación del producto.
El gremio señala que considerando la variedad del Mix de Productos de la Industria Pisquera, existirán múltiples impuestos, lo cual generará dificultades en el proceso de implementación, en la administración, control y fiscalización del proceso tributario de la industria.
Además que esta fórmula impositiva, podría considerarse discriminatoria para los destilados importados y generar un reclamo ante la Organización Mundial de Comercio.
TASA IMPOSITIVA INDUSTRIA PISQUERA CON PROPUESTA ACTUAL
Mix Industria | Participación Mix | Grado | Composición ILA | ILA | |
Tasa Base | Tasa Variable | ||||
Pisco 40°
Pisco 35° |
63% | 40° | 18 | 20 | 38 |
35° | 18 | 17.5 | 35.5 | ||
Sour
Sour Light |
31% | 14° | 18 | 7 | 25 |
12° | 18 | 6 | 24 | ||
ICE | 6% | 7° | 18 | 3.5 | 21.5 |
Fuente: Nielsen / Departamento de Estudios Pisco Chile A.G
[1] El grado medio ponderado es calculado en base a los volúmenes y el porcentaje de participación de cada producto en el mix de la industria.
PROPUESTA ALTERNATIVA ASOCIACION DE PRODUCTORES DE PISCO A.G.
Para el gremio, considerando las desventajas que presenta la propuesta de alza de impuestos, con una componente de tasa variable indexada al grado alcohólico para los destilados, se sugiere establecer una tasa de reemplazo, construida como una tasa fija equivalente, en base al grado promedio ponderado que representa al Mix de productos de la industria pisquera.
Grado Medio Ponderado MIX[1] | Composición ILA | ILA Tasa Fija Equivalente | |
Tasa Base | Tasa Variable | ||
27° | 18 | 13.5 | 31.5 |
Fuente: Nielsen /Departamento de Estudios Pisco Chile A.G.
Ventajas de esta propuesta:
- En la práctica no significa una rebaja de tasa, ya que es una tasa fija equivalente, que graba de forma equilibrada a todo el Mix de productos que posee la industria pisquera.
- No afecta mayormente la recaudación estimada por el alza de impuestos establecidos a las bebidas alcohólicas.
- Facilita la implementación, administración, control y fiscalización del proceso tributario.
- Es una propuesta que evitará problemas ante la OMC, ya que no es discriminatoria entre productos.
La Asociación de Productores de Pisco subraya que no está ajena a las necesidades y desafíos que tiene Chile en materia de desarrollo, y es por ello, que se ha manifestado a favor de una Reforma Tributaria que permita entre otros aspectos, mejorar la calidad de la educación y la salud.
Respecto al impuesto específico a las Bebidas Alcohólicas, la A.P.P. A.G. ha manifestado su posición y considera un avance importante las indicaciones que se han presentado al proyecto de ley, en el cual, se ha eliminado el pago de 3 UTM, por cada hectólitro de alcohol puro, y presentando una base de 18%, más 0,5° por cada grado alcohólico.