TOP de La Serena dicta veredicto condenatorio por conducción en estado de ebriedad causando muertes
El vehículo que conducía el acusado portaba placa patente falsa y, además, mantenía encargo vigente por haber sido robado el 1 de septiembre de 2021.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena dictó hoy –jueves 7 de diciembre– veredicto condenatorio en contra de J.A.H.F., en calidad de autor del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando muertes. Ilícito perpetrado en diciembre de 2021, en la Ruta Ch-41.
En resolución unánime, el tribunal –integrado por las magistradas Eugenia Gorichón Gómez (presidenta), Nury Benavides Retamal y Victoria Gallardo Labraña (redactora)– decretó además la absolución del imputado por receptación y conducción de vehículo con patente falsa.
Tras la deliberación de rigor, el tribunal arribó a la convicción, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 02:00 horas del 5 de diciembre de 2021, J.A.H.F., conducía en estado de ebriedad el vehículo motorizado station wagon, marca Audi, por la Ruta CH 41 en dirección poniente a oriente y, al llegar a las inmediaciones del cruce de calle Ceres, en la comuna de La Serena y debido al estado de ebriedad en que manejaba, colisionó por alcance al vehículo que lo antecedía, que se trasladaban las dos víctimas, quienes fallecieron en el lugar por politraumatismo.
El vehículo que conducía el acusado portaba placa patente falsa y, además, mantenía encargo vigente por haber sido robado el 1 de septiembre de 2021, en la comuna de Vitacura.
Sin embargo, consigna el acta de deliberación: “La Defensa, con la prueba aportada logró instalar, sin controversia de parte de los acusadores, la circunstancia que el acusado conducía ese vehículo, sin ser su dueño, de manera circunstancial lo mantenía en su poder, hacía una o dos semanas, puesto que su socio se lo prestó mientras su propio vehículo era reparado”.
El dictamen agrega: “Que la participación del acusado en calidad de autor directo del delito de manejo en estado de ebriedad causando resultado múltiple de muerte, se acreditó con la prueba aportada por el Ministerio Público, consistente en la declaración de un testigo presencial del hecho, que vio con claridad el impacto del vehículo marca Audi en contra del auto marca Nissan V16 en que se movilizaban ambas víctimas”.
“Por lo demás, la acción de conducción del vehículo causante de la colisión, la ingesta de alcohol de manera previa al hecho, incluso el exceso de velocidad, que resultó ser indiciario de la conducta irreflexiva del acusado, motivada por la ingesta de alcohol, fueron todas reconocidas por él, en su declaración como medio de defensa”, añade.
Con relación a la demanda civil, la resolución señala que: “Se acogerá parcialmente la demanda de indemnización de perjuicios por daño moral incoada, en los términos que se detallarán en la redacción del fallo”.
La audiencia de comunicación de la sentencia –que será redactada por la magistrada Gallardo Labraña– quedó programada para las 15.00 horas del martes 12 de diciembre próximo.